Sábado, 20 Abril 2024
Martes, 11 Agosto 2020 00:05

Difieren vencimientos por creditos de la Micro Empresa

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Con el objeto de garantizar el sostenimiento de la actividad económica de la provincia, el Ministerio de Desarrollo Económico y Producción, ratifica el diferimiento del vencimiento de las cuotas de junio, julio, agosto y septiembre del presente año, y correlativamente los vencimientos posteriores, correspondiente a todos los créditos de la Cartera Activa del Consejo de la Microempresa.

La medida dispuesta surge ante el retorno a la fase uno de la cuarentena y con ello, la paralización de los sectores económicos. Situación que afectó gravemente a empresarios locales, incidiendo directamente en la devolución de los créditos otorgados por el Consejo de la Microempresa.

Dado que dicho organismo tiene como objetivo principal el lograr el desarrollo integral de las microempresas locales, el Directorio resolvió autorizar el diferimiento del vencimiento de las cuotas de Junio, Julio, Agosto y Septiembre, y correlativamente los vencimientos posteriores, correspondiente a todos los créditos de la Cartera Activa del Consejo de la Microempresa, que hayan sido otorgados a emprendedores del sector turístico y gastronómico, incluyendo capital, intereses, mora, y todo otro gasto que la comprenda.

De esta manera, operará el vencimiento de la cuota de junio en el mes de octubre de 2020, la cuota de julio en el mes de noviembre, la cuota de agosto en el mes de diciembre, y la cuota de septiembre en el mes de enero del 2021.

El beneficio también se extiende a aquellos créditos otorgados a emprendedores cuya actividad se haya visto resentida y que el pronóstico de reactivación económica sea igualmente imprevisible, quedando a criterio del Directorio su aplicación.

Es importante resaltar que los montos y plazos de los créditos serán determinados por el Consejo de la Microempresa, de acuerdo a las características de los proyectos aprobados.

Finalmente desde el Consejo apelan a la responsabilidad y solidaridad, a los fines de invitar a aquellos titulares de créditos cuyo nivel de actividades no hayan cesado, se hayan mantenido o incrementado durante la cuarentena decretada, a que paguen las cuotas de abarcadas por la presente resolución en los vencimientos respectivos, ya que su aporte redundará en la posibilidad de asistir financieramente a aquellos emprendedores y actividades afectadas en su integridad, y conservar fuentes de trabajo en riesgo.

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